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viernes, 16 de noviembre de 2018

OKUPAS

Plazos para el desalojo de okupas

Hace pocas semanas usted comentó que había una nueva ley con un nuevo procedimiento judicial para expulsar a los okupas que han entrado en una vivienda contra la voluntad del propietario. ¿Cuánto se tarda con esa ley en conseguir la expulsión del okupa? 


Según la nueva ley, este procedimiento comienza con una demanda contra los ocupantes de la vivienda. Éstos pueden comparecer en el juzgado y contestar la demanda. Después se celebraría una vista en la que se desarrollaría el juicio con intervención de las partes en conflicto y se dictaría sentencia. Ese trámite puede durar entre tres y seis meses, según la carga de trabajo que tenga el juzgado. Si los okupas no comparecen en el juicio o no contestan la demanda, no hace falta continuar el juicio y se dictaría sentencia, sin más trámite. Entonces el plazo se reduce aproximadamente a la mitad.

En cualquier caso, después de la sentencia se ha de pedir que se ejecute, que se haga cumplir. El plazo para ello puede ser de otros tres meses. Pero lo más importante es que se puede pedir la recuperación inmediata de la vivienda al iniciar el pleito y, si el ocupante no puede justificar su ocupación, se puede anticipar la expulsión, produciéndose en el plazo aproximado de un mes

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